Bloque 1 · Introducción a la Formación Programada por las Empresas

1.1 ¿Qué es la Formación Programada por las Empresas?

La Formación Programada por las Empresas, también conocida como formación bonificada, es una iniciativa que permite a las empresas recuperar parte de las aportaciones realizadas a la Seguridad Social en concepto de formación profesional, procedentes tanto de las personas trabajadoras como de las propias empresas, y utilizarlas para formar a su equipo. Cada año, todas las empresas disponen de un crédito para formación, que pueden emplear para cubrir total o parcialmente el coste de los cursos realizados por su plantilla.

Es un mecanismo pensado para mejorar las competencias profesionales del equipo y para facilitar que la formación se perciba como una inversión estratégica que aporta valor y no como un gasto adicional.

No es necesario ser una gran empresa ni disponer de un departamento de formación para acceder al sistema. De hecho, las pequeñas y medianas empresas (PYMES) también pueden utilizarlo, y a menudo cuentan con condiciones más favorables. Solo es necesario conocer qué crédito está disponible, qué tipo de formación puede bonificarse, cómo realizar el trámite y cómo comunicarlo correctamente.

1.2 Beneficios, requisitos y obligaciones generales para acceder

Utilizar la Formación Programada por las Empresas ofrece ventajas claras tanto a corto como a largo plazo. No se trata únicamente de un beneficio fiscal, sino de una oportunidad para mejorar el funcionamiento interno, adaptarse a los retos futuros y favorecer el crecimiento profesional del equipo.

BENEFICIOS PARA LA EMPRESA

  • Mejora de la productividad y de la eficiencia en el día a día.
  • Adaptación a nuevas tecnologías, normativas y procesos.
  • Fidelización del talento y aumento de la motivación del personal.
  • Reducción de costes en formación, aprovechando un recurso que la empresa ya tiene asignado.
  • Mayor autonomía para planificar y organizar la formación que realmente se necesita.

Es una manera de transformar las aportaciones que empresas y personas trabajadoras destinan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional en un recurso que retorna en forma de valor añadido para su empresa.

REQUISITOS BÁSICOS PARA HACER USO DEL CRÉDITO

Para acceder al sistema y poder aplicar las bonificaciones, las empresas deben cumplir una serie de condiciones previas:

  • Estar dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y tener personas asalariadas vinculadas a su código de cuenta de cotización, ya que el crédito de formación se genera a partir de las cuotas de formación profesional aportadas por estas.
  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y con Hacienda.
  • Haber cotizado por formación profesional durante el año anterior.
    • Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional disponen, en todo caso, de un crédito mínimo anual garantizado de 420 €, independientemente de su tamaño o antigüedad.
    • En el caso de empresas de nueva creación, el crédito se calcula multiplicando el número de personas trabajadoras (según su primer boletín de cotización a la Seguridad Social) por 65 €, siempre que este importe resulte más favorable que el crédito mínimo garantizado.

Es importante diferenciar estos requisitos generales, que permiten a la empresa acceder al crédito anual de formación, de los requisitos específicos que deben cumplir las acciones formativas para poder ser bonificadas. Estos últimos se recogen en el apartado Modalidades de impartición de la Formación Programada.

OBLIGACIONES GENERALES PARA HACER USO DEL CRÉDITO

Para poder aplicar las bonificaciones y garantizar su validez, las empresas que utilizan el sistema de Formación Programada deben cumplir las siguientes obligaciones básicas, de acuerdo con la normativa vigente (Real Decreto 694/2017 y Ley 30/2015):

  • Realizar acciones formativas relacionadas con la actividad de la empresa y con el puesto de trabajo de las personas participantes.
  • Comunicar las acciones y los grupos formativos en la plataforma de FUNDAE, respetando los plazos mínimos establecidos.
  • Conservar toda la documentación acreditativa (asistencias, facturas, justificantes, informes, etc.) durante al menos cuatro años.
  • Garantizar el seguimiento y control de la formación impartida y responder a posibles requerimientos o inspecciones.
  • Si la empresa tiene más de cinco personas trabajadoras, debe cumplir con la obligación de cofinanciación privada, según su tamaño, en los términos que establece la normativa.

1.3 ¿Quién puede beneficiarse de la Formación Programada?

La Formación Programada por las Empresas es accesible a todas las personas trabajadoras, en distintas situaciones laborales. En términos generales, pueden participar:

  • Personas trabajadoras asalariadas que prestan servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales (no incluidas en el ámbito de los acuerdos de formación de la Administración Pública) y que cotizan a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional.
  • Personas trabajadoras a tiempo parcial, que tienen los mismos derechos de acceso a la formación que las personas con jornada completa.
  • Personas fijas discontinuas, tanto durante los periodos de actividad como en los intervalos de inactividad.
  • Personas afectadas por ERTE, siempre que se encuentren en situación de suspensión temporal del empleo.
  • Personas que pasan a situación de desempleo durante el periodo formativo, siempre que realicen al menos el 75% del curso.
  • Personas de baja por enfermedad, siempre que la enfermedad lo permita y, en todo caso, con la debida autorización médica.
  • Personas en Permiso Individual de Formación (PIF) autorizadas por la empresa para obtener una acreditación oficial.

1.4 Tipologías y modalidades de formación bonificable

Otro aspecto clave para entender el funcionamiento de la Formación Programada por las Empresas es conocer con claridad cuáles son las tipologías de acciones reconocidas en el sistema y las diferentes modalidades de impartición que la empresa puede escoger en función de sus características, recursos y necesidades. De este modo, este apartado ofrece una visión estructurada y comprensible sobre qué puede bonificarse y cómo debe impartirse la formación para cumplir con la normativa vigente.